Desde que se determinó el Estado de Alarma, con motivo de la pandemia provocada por el COVID-19, toda la actividad deportiva quedó suspendida, tanto a nivel nacional como internacional y las instalaciones deportivas se cerraron.
El 1 de mayo de 2020 ha salido publicado en el BOE la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y junto a las recomendaciones para volver de manera gradual y escalonada a la “normalidad” comunicadas por el gobierno, desde la FGTA queremos definir un primer escenario de vuelta a nuestra actividad deportiva.
Así que, con responsabilidad, cumpliendo las normas, tanto de distanciamiento social como de seguridad e higiene, podremos iniciar nuestra actividad deportiva de acuerdo a las siguientes indicaciones y siempre que los responsables del club deportivo estimen conveniente o no la práctica del tiro con arco en sus instalaciones y conforme a su normativa interna.
NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
• Se habilita a las personas de 14 años en adelante, a circular por las vías o espacios de uso público para la práctica de las actividades físicas permitidas por la orden SND/380/2020, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1, párrafos e), g) y h), del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
• A los efectos de lo previsto en esta orden, queda permitida la práctica no profesional de cualquier deporte individual que no requiera contacto con terceros y que se podrá realizar una vez al día.
• Se establecen las siguientes franjas horarias para la realización de las actividades previstas:
a) La práctica de deporte individual solo podrá llevarse a cabo entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas.
b) Aquellas personas que requieran salir acompañadas por motivos de necesidad y las personas mayores de 70 de años podrán practicar deporte individual entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas.
Las franjas horarias previstas no serán de aplicación a aquellos municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas.
• La práctica no profesional de cualquier deporte individual que no requiera contacto solo se podrá realizar de manera individual. No obstante, aquellas personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo por una persona conviviente, una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual.
• la práctica no profesional de cualquier deporte individual ésta permitida dentro del municipio donde se reside.
• No se podrá hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física prevista en esta orden.
• No podrán hacer uso de la habilitación contenida en esta norma las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de COVID-19.
• No estará permitido el acceso a instalaciones deportivas cerradas para la práctica de las actividades previstas en esta orden.
• La presente orden surtirá plenos efectos desde las 00:00 horas del día 2 de mayo de 2020 y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.
RECOMENDACIONES EN EL ÁMBITO DEPORTIVO
Las principales actuaciones que se deberán realizar en las instalaciones deportivas y siempre conforme a la normativa interna de cada club, de cara a su adecuación a la nueva realidad, serán las siguientes:
• Priorizar la actividad al aire libre.
• Establecer una normativa de uso de cumplimiento obligatorio, sobre todo en lo referido a garantizar la distancia mínima de seguridad. • Intensificar los trabajos de limpieza y desinfección de toda la instalación.
• Dotar los espacios de carteles informativos, accesibles y visibles, que indiquen las medidas de seguridad y normas de actuación previstas. • Dotar de material de protección individual a los responsables de la instalación.
• Establecer un sistema efectivo de gestión de las reservas de la instalación, para evitar aglomeraciones y que en ningún momento se exceda la capacidad máxima establecida como aforo de seguridad.
• Prohibir el acceso a los vestuarios y duchas. Los deportistas acudirán a la instalación ataviados con la ropa deportiva necesaria para el desarrollo de su actividad.
• Restringir el acceso a los aseos, estableciendo turnos de una persona.
• Prohibir el acceso a la instalación a acompañantes o espectadores.
• Deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
A continuación, con arreglo a las características propias del tiro con arco, nuestras recomendaciones en cuanto al desarrollo de la actividad, en cuanto esta sea posible, serían las siguientes:
o Establecer un máximo de un arquero por diana y turno, de forma que entre dos arqueros siempre se mantenga una distancia de 2 metros.
o El uso de mascarillas, guantes desechables y gel desinfectante será recomendable en los momentos que no impida el desarrollo de nuestro deporte.
o Al acercarnos a la diana a tantear o recoger las flechas, así como en el acceso y la salida de la instalación, así como a la hora de manipular cualquier material de uso comunitario (papeles de diana, parapetos, trípodes, etc…) debemos llevar siempre puesta la mascarilla.
o En los casos en los que entremos en contacto con algún objeto o superficie de manera directa con las manos, éstas deberán lavarse de inmediato, ya sea con agua y jabón o con geles desinfectantes.
o Técnicos, directivos, responsables de mantenimiento y personal de los clubes, deberán respetar en todo momento la distancia mínima de seguridad con todos los presentes en la instalación, disponiendo de los EPIs necesarios para proceder en las actuaciones de proximidad, evitando los saludos.
o Hasta que no se apruebe por las autoridades sanitarias competentes, no podrán iniciarse los cursos de iniciación y escuelas deportivas.
o Cualquier otra medida o disposición que los responsables de los clubs deportivos estimen conveniente dentro de sus instalaciones deportivas y conforme a su normativa interna. Como es evidente, se tratará de minimizar el tiempo de estancia en la instalación, evitando, en cualquier caso, el contacto físico entre las personas. Debemos ser absolutamente conscientes de que, cumpliendo de manera escrupulosa estas medidas, facilitaremos el procedimiento de desescalada del gobierno, alcanzando de manera más rápida el escenario en el que podamos comenzar a organizar actividades y competiciones de rango autonómico, siempre con el visto bueno de las autoridades sanitarias y deportivas competentes.
REALIDAD ECONÓMICA
Más allá de la difícil situación económica, ya sea individual, familiar o empresarial, provocada por la pandemia, nos enfrentaremos a un año 2021 que traerá consigo serios déficits económicos, generados, entre otras causas, por una reducción de subvenciones al no haber podido realizar las competiciones previstas en la temporada 2019-2020, con el consecuente desequilibro en los resultados del ejercicio.
En este contexto, es responsabilidad de la Juntas Directivas de los clubes preservar su patrimonio y gestionar su actividad ordinaria, de forma que se pueda reactivar la vida de los mismos, garantizando, a su vez la seguridad y la salud de todos sus miembros.
Se constatará un decaimiento en las actividades de los clubes, y es que, más allá de las propias restricciones impuestas por el Gobierno y las autoridades sanitarias, se espera un cambio importante en los modelos de comportamiento de las personas y en sus hábitos sociales, siendo éstos de suma importancia para la formación y práctica de deportistas.